jueves, 2 de febrero de 2012

EL RÉGIMEN SEÑORIAL

El régimen señorial está íntimamente ligado con el feudalismo, pero no deben confundirse entre sí.  El feudalismo es el engranaje social que se inicia en un contexto bélico en el que prevalecen ciertas formas de vinculación personal de clientelismo entre las altas esferas de la sociedad. El señorío es más una forma de ordenación y explotación agraria con facultades administrativas de gobierno que se verá favorecida por las relaciones feudales. Puede decirse que el feudalismo es el contexto social y político en el que se desarrolla el régimen señorial en vistas a la repoblación y explotación del terreno adjudicado.
El Feudalismo se desarrolló Europa Occidental entre los siglo X al XIII, momento en el cual la autoridad del rey es mínima y la de los señores (propietarios de tierras) grande, como para vertebrar toda una sociedad en torno a la tierra (el feudo), donde se establecerán unas relaciones personales de fidelidad mutua ya sea entre señores o entre campesinos con sus señores.
En la península ibérica los reinos cristianos estaban inmersos en las constantes guerras contra los Reinos Taifas musulmanes, conquistando progresivamente nuevos territorios que fueron integrándose en el sistema feudal, pero la adjudicación de las propiedades no se produjo de la misma forma en todo el territorio.
En una primera etapa, ente los siglos IX y XI, el rey entregaba las tierras a campesinos mediante presura, eran para quien las cultivara, estos territorios dependían directamente del rey, eran realengos; los reyes también concedían algunas tierras a miembros de la nobleza y a las órdenes eclesiásticas pero predominaba el realengo. Al alcanzar la cuenca del Tajo, con la conquista de Toledo, la forma de administración y explotación de las tierras cambia. Los núcleos urbanos ya existentes entre la cuenca del Duero y el Sistema Central, tales como Segovia, Ávila, o Salamanca, reciben fueros para atraer a la población, alcanzan el rango de ciudad y reciben un alfoz, con lo que las aldeas integradas en él, pasaban a depender jurídicamente de la ciudad principal, que se erigía como un señorío colectivo, estas ciudades también formaban parte de la jurisdicción del rey. A partir de entonces, desde el siglo XII empiezan a extenderse los señoríos que el rey entrega a nobles y Órdenes Militares por sus servicios en la batalla y a órdenes eclesiásticas para la creación de monasterios, estos territorios quedan fuera de la jurisdicción real y sus señores son responsables de su repoblación y organización, con lo que van otorgando fueros para atraer a la población y poder así explotar sus tierras y sacar beneficio de ellas.
Se distinguían dos tipos de señoríos el territorial y el jurisdiccional que variaban en función de las prerrogativas del señor respecto a la administración y la organización jurídica de ese territorio, en los señoríos jurisdiccionales el señor no era dueño de la tierra, pero tenía derechos señoriales sobre sus vasallos.
Uno de los protagonistas de la reconquista y del proceso repoblador en forma de señoríos son las Órdenes Militares. Tienen un importante papel a partir del siglo XII, eran congregaciones en las que sus monjes eran también guerreros, uniendo la vida monacal y la militar, desde el punto de vista eclesiástico dependían directamente del Papa.
Las órdenes militares nacen para la Guerra Santa, para combatir al Islam y expandir el Cristianismo. Su carácter guerrero deriva de la falta de un ejército con una estructura sólida, cuando el rey acudía a la guerra sus vasallos feudales debían acompañarle y proporcionarle tropas, pero no había un ejército cohesionado, además del hecho de que muchas veces había señores que no presentaban. Así que estas nuevas órdenes de caballería que se preparaban concienzudamente para la batalla en la lucha fueron determinantes a la hora de la conquista. Las principales órdenes militares hispánicas fueron las de Calatrava, Santiago, Alcántara y San Juan. Tras la reconquista se hicieron con gran parte del centro y el sur de la península, haciéndose muy poderosas. Esto no gustaba a los monarcas, así que los Reyes Católicos aprovechan las disputas internas por el control del maestrazgo de las órdenes para persuadir al Papa de que se lo conceda a ellos. Después de esto y con la finalización de la guerra al conquistar el reino de Granada, las órdenes van a sufrir transformaciones, se dedicarán a la administración de sus tierras y continuarán con sus conventos y monasterios, pero perderán su carácter guerrero.

Otro de los sectores beneficiados en el reparto de tierras, sería la nobleza, a quien éstas le eran otorgadas como pago a sus servicios militares, estableciendo relaciones de vasallaje entre éstos y el rey. Debían ofrecer su apoyo y su lealtad al monarca en caso de conflicto armado por medio de las huestes y levas reclutadas en su territorio y a cambio de esta fidelidad el noble recibía sus privilegios y podía incluso obtener nuevas tierras. Estas relaciones son parte del clientelismo imperante en la época donde el Rey era el “dispensador” de beneficios a cambio de los cuales recibía un servicio. En cierta manera el Rey era el patrón que miraba por el bien de sus clientes (los señores) en beneficio propio, ya que estos le ayudaban a mantener el orden y la paz en su reino. Este acuerdo de los monarcas con las élites sociales garantizaba la estabilidad y la gobernabilidad del reino.
La herencia era tradicionalmente legada del padre al primogénito para evitar el fraccionamiento del señorío y la pérdida de poder de la casa nobiliaria. Para evitar estas situaciones se crearon fórmulas jurídicas como es el caso en Castilla del mayorazgo, que era un vínculo que unía un conjunto de propiedades y de bienes a una determinada familia de tal manera que no podían ser separados ni fraccionados y que normalmente se transmitía al hijo primogénito, esto junto con las uniones matrimoniales entre nobles era un sistema que garantizaba que el patrimonio nunca era susceptible de disminuir sino que solo podía aumentar, el heredero podía aumentar el mayorazgo pero nunca disminuirlo quedando en este aspecto relegado a mero administrador.
Otros importantes privilegios, también variables según el reino eran los derivados de las exenciones fiscales que muchos nobles disfrutaban, estos tenían sus propios vasallos a los que les exigían tributos por vivir en sus tierras y ofrecerles protección, lo cual en la edad media era algo básico para los campesinos si querían subsistir, de igual manera los nobles eran vasallos de su señor Rey y a estos les debían vasallaje, es decir un vinculo de dependencia y de lealtad que establecían con su señor, esta relación llevaba implícita el pago de impuestos en este caso del noble al Rey, pero también muchos de los nobles tenían el privilegio de estar libres de este pago, en menor o mayor medida.
Esta relación de clientelismo se podía dar también entre nobles de distinta importancia e igualmente derivaba en el llamado contrato feudal por el cual el vasallo estaba obligado a prestar servicios militares, auxilio monetario y brindar consejo al señor; a su vez el señor estaba obligado a proteger a su vasallo y velar por el buen futuro de su familia en caso de que el vasallo muriese. El incumplimiento del contrato constituía la felonía, El incumplimiento por parte del vasallo implicaba el despojo de su feudo, El incumplimiento por parte del señor traía como consecuencia la desnaturalización del vasallo que podía abandonar a su señor y procurarse otro mejor.
En época de los Reyes Católicos se dio un paso hacia la progresiva acumulación de poderes de los monarcas, que tuvo como consecuencia un cambio en la función y el papel de los nobles dentro de los reinos. Una vez que la amenaza musulmana había terminado  y que los monarcas necesitaban reafirmar su autoridad, la clase noble vio limitado su papel y su influencia dentro de los reinos de España.
La condición de Grande de España era la culminación del estamento en la época moderna, época durante la cual hubo un gran incremento de concesiones y ventas de títulos por parte de los monarcas, para ello era indispensable ser poseedor de tierras, existían señores que no eran nobles y habían accedido a la propiedad a través de su compra, pero no se le otorgaba un título nobiliario a aquél que no poseyera tierras.
La organización en señoríos determinó la forma de reparto de la tierra en el centro y sur de España, vastísimas propiedades estaban en manos de unos pocos, cuando durante el Antiguo Régimen la monarquía empieza a vender también los realengos, los poderosos acaparan aún más territorio. El régimen señorial se mantuvo en España hasta el S XIX, decretada su abolición en las cortes de Cádiz en 1811, aunque su efecto no se puede comparar al de la abolición del  feudalismo que tuvo lugar durante la revolución francesa,  sí supuso el inicio de un proceso de reorganización de la propiedad en España, con una desvinculación del mayorazgo por parte de los nobles, aunque estos no llegaron a perder su patrimonio o su condición de propietarios.

Se puede concluir que encontramos en España dos zonas en las que la propiedad de la tierra se distribuye de forma muy diferente, al norte hay pequeñas propiedades; el sur, en cambio, se reparte en grandes latifundios. Esté fenómeno tiene su origen en la urgencia de repoblación y organización (para su explotación según una sociedad feudal) de los vastos y despoblados territorios que conquistan los reinos cristianos al sobrepasar la cuenca del Tajo. Sigue habiendo señoríos de realengo, pero una gran parte del territorio se queda en posesión de nobles, Órdenes Militares y clero a los que el rey se las entrega estableciendo una serie de acuerdos en relación de clientelismo. Al norte, en cambio, los territorios no estaban despoblados y el rey cede el terreno también a los campesinos mediante la presura. Los señoríos jurisdiccionales no se abolen hasta las Cortes de Cádiz y, aún así la propiedad sigue quedando en las mismas manos. De esta forma mientras en el norte muchos campesinos consiguieron convertirse en pequeños propietarios minifundistas, a los del sur sólo les quedaba trabajar de jornaleros para los grandes propietarios, configurando dos realidades sociales muy diferentes al norte y al sur de España que aún hoy en día prevalecen.

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